La Generalitat planea que delincuentes con condenas cortas no pisen la cárcel

PRISIONES CATALANAS

El Plan Estratégico de Ejecución Penal de Justícia cree que 74 condenados por malos tratos que están en prisión podrían cumplir en la calle con medidas alternativas. Penalistas y expertas en violencia machista lo consideran injusticia para la víctima, y entre los mossos rechazan la ausencia de disuasión para estos delincuentes.

EL PERIODICO (JUAN JOSÉ FERNÁNDEZ).- Un plan penitenciario de la Generalitat propone que los condenados por violencia de género a penas de menos de tres años de prisión no lleguen a pisar la cárcel. Se trata del Pla Estratègic d’Execució Penal d’Adults del Departament de Justícia, elaborado en febrero y presentado en marzo por la ‘consellera’ Ester Capella a directivos del área de Presons. En su ‘Análisis de situación’, el plan fija el objetivo de ‘asegurar el cumplimiento en MPA de todas aquellas condenas que actualmente se cumplen en prisión y que se podrían cumplir en MPA’. Las MPA, o medidas penales alternativas, son trabajos solidarios fuera de la cárcel. En Catalunya, 449 condenados por violencia de género cumplen condena con MPA. El plan considera que otros 63 condenados a hasta dos años de cárcel, y 11 a entre dos y tres años, hoy entre rejas, podrían también cumplir fuera. Ellos y también los que en el futuro sean condenados a menos de tres años. Y no solo por violencia de género, también por conducción temeraria, narcotráfico, estafa, hurto… hasta 19 delitos. Palizas, amenazas, vejaciones ‘La rehabilitación como misión’ es el lema del plan, y encabeza sus 110 folios de extensión. En septiembre del 2018, al comienzo de la legislatura en Catalunya, el Govern citaba un plan como este entre sus objetivos de gobierno en materia de política penitenciaria. Catalunya es la única comunidad autónoma con competencias en prisiones. En el marco de los malos tratos de violencia de género, se castigan con de uno a tres años de cárcel delitos que citan cinco artículos del Código Penal. Los condenados, o sometieron a trato degradante y dañaron la integridad moral de la pareja (Artículo 173.1, entre seis meses y dos años de prisión), o ejercieron violencia física o psíquica habitual contra la cónyuge (Artículo 173.2, de seis meses a tres años), o le causaron lesiones que menoscabaron la salud física o mental (Artículo 148, de dos a cinco años), o profirieron amenazas continuas (artículo 169, uno a cinco años) en el ámbito de la pareja estable (artículo 169, seis meses a un año). Son conductas iniciales en espirales de violencia machista ‘que pueden acabar mucho peor, incluso en la muerte’, advierte la penalista María Durán, abogada experta en casos de violencia de género y vicepresidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, con afiliadas en toda España. Justícia cree en las MPA Desde el Departament de Justícia defienden la propuesta porque ‘se ha de aplicar dependiendo del caso -explica un portavoz-. Las medidas alternativas son útiles para tratar algunos casos de violencia machista, obviamente los más leves’. Esta filosofía se basa en conclusiones del Centre d’Estudis Jurídics i Formació Especializada (CEJFE, de la Generalitat) que indican que, si cumpliendo una pena entre rejas el grado de reinserción es del 70%, ese grado de ‘éxito’ es del 90% en las MPA. Los trabajos que hacen los condenados a medidas alternativas van desde guiar a los visitantes perdidos por la Ciutat de la Justícia a ayudar a enfermos de la Fundación Guttman. ‘En cualquier caso -aclaran en Justícia- cumplir o no con MPA es algo que decide el juez’. Al togado, Presons le ofrece un catálogo de lugares y actividades de cumplimiento. El plan se plantea: ‘Hay que incentivar entre los órganos judiciales (…) valorar la viabilidad de la suspensión de la pena de prisión por medidas penales alternativas’. (DOCUMENTO COMPLETO EN PDF ADJUNTO)

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