¿El peculio ya no es negocio para los bancos?

ABOGACÍA.ES – (BLOG PENITENCIARIO, Mª LUISA DÍAZ QUINTERO, SEVILLA).- Lamento y me disculpo por desconocer si la gestión del peculio por parte de las entidades bancarias fue alguna vez negocio, pero, 111 millones de euros en depósitos para presos en 2015, último año del que existen datos, es, cuanto menos, una cifra muy atractiva. Pero empecemos por el principio, ¿qué es el peculio? A grandes rasgos podemos afirmar que las cuentas de peculio son los depósitos que los familiares o allegados autorizados por Instituciones penitenciarias ingresan a las personas presas para garantizarles las oportunas compras dentro de los Centros Penitenciarios, en el economato de cada módulo, o los encargos que realicen al demandadero, tales como café, refrescos, tabaco, mantas, televisores, productos de aseo, tarjeta de teléfono, etc. Del mismo modo, si la persona privada de libertad tiene un destino remunerado su ‘mísero’ salario será ingresado en esa cuenta de peculio, pudiendo, previa autorización, transferir los fondos al exterior. Por último, estas cuentas también se pueden nutrir del dinero que la persona lleve en efectivo el día de su ingreso en prisión. Como en los Centros Penitenciarios no está permitido el uso de dinero en efectivo, a los internos se les concede una tarjeta de peculio, como si se tratara de una tarjeta de crédito. Con un límite en el saldo y el gasto semanal, siendo liquidada la cantidad sobrante a la puesta en libertad. No entraremos en más detalles ya que no es ese el objetivo de este artículo, estando todo lo referente a este particular regulado en el Reglamento Penitenciario en los artículos 319 a 324. (…) TEXTO COMPLETO EN ARCHIVO .PDF ADJUNTO

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