Dos expertos en Tortura, uno ex de la ONU y otro del Comité Europeo, comparecen en el grupo de trabajo sobre aislamiento en el Parlament 'Un preso no puede perder el derecho a que se respete su dignidad', dicen los dos profesionales con experiencia internacional en aislamiento penitenciario 'El sistema es cada vez más punitivo, la gente está cada vez condenada a penas más altas de prisión', destacan Méndez y Palma
EL DIARIO.ES – (SÒNIA CALVÓ y SERGI FRANCH, BARCELONA).- En pleno proceso de debate y discusión en torno al aislamiento penitenciario, el Parlament de Catalunya ha invitado a dos expertos a nivel internacional sobre torturas y centros penitenciarios. Se trata del último Relator de las Naciones Unidas sobre Tortura y Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes, Juan Méndez, y el ex presidente del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, Mauro Palma. Ambos piden la erradicación del régimen de aislamiento penitenciario: 2.156 personas estuvieron en celdas de aislamiento en 2016 en Catalunya, según el Departament de Justícia. La Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura les ha traído para participar en el grupo de trabajo sobre los Departamentos Especiales de Régimen Cerrado que está teniendo lugar en el Parlament de Catalunya. ¿A qué conclusiones creen que tendría que llegar el grupo? Juan Méndez: Esperamos poder contribuir al debate parlamentario sobre la necesidad de regular y reformar el régimen de aislamiento en Catalunya y adecuarlo a los estándares internacionales, que actualmente establecen una prohibición absoluta del aislamiento indefinido. También para prohibir el uso del aislamiento, aunque sea de poca duración, en personas con discapacidad mental, menores de 18 años y para mujeres embarazadas o lactantes. Queremos recordar que el aislamiento prolongado, definido por el derecho internacional, está considerado como todo periodo superior a los 15 días. Siempre que se aísle a un detenido, se tiene que tomar esta decisión con razones fundamentadas y establecidas en la ley, además de dar al detenido la posibilidad de defensa en un procedimiento administrativo. Mauro Palma: Hay unas medidas que se tienen que tener en cuenta: proporcionalidad, legitimidad, responsabilidad, no discriminación… Entonces, ¿un aislamiento que se alarga más allá de los 42 días cumple con estos parámetros? La respuesta es rotundamente no. Los efectos del aislamiento sobre la persona, su psicología y su especificidad, consideramos que es un castigo añadido, hasta de una afectación corporal. (…) TEXTO COMPLETO EN ARCHIVO .PDF ADJUNTO
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