Temas
I. COMPETENCIAS DE LOS JUECES DE VIGILANCIA II. DETERMINACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE CONDENAS III. CENTROS PENITENCIARIOS IV. RÉGIMEN GENERAL DE CUMPLIMIENTO V. CLASIFICACIÓN DE INTERNOS: A. CLASIFICACIÓN EN PRIMERO Y SEGUNDO GRADOS V. CLASIFICACIÓN DE INTERNOS: B. CLASIFICACIÓN EN TERCER GRADO: GENERALIDADES V. CLASIFICACIÓN DE INTERNOS: C. CLASIFICACIÓN EN TERCER GRADO: PERÍODO DE SEGURIDAD V. CLASIFICACIÓN DE INTERNOS: D. CLASIFICACIÓN EN TERCER GRADO: PAGO DE RESPONSABILIDADES CIVILES V. CLASIFICACIÓN DE INTERNOS: E. PRINCIPIO DE FLEXIBILIDAD V. CLASIFICACIÓN DE INTERNOS: F. RÉGIMEN PENITENCIARIO DE LOS EXTRANJEROS VI. COMUNICACIONES Y VISITAS VII. PERMISOS DE SALIDA VIII. SANIDAD PENITENCIARIA IX. SEGURIDAD INTERIOR XI. TRASLADOS XII. RÉGIMEN DISCIPLINARIO XIII. TRATAMIENTO PENITENCIARIO XIV. BENEFICIOS PENITENCIARIOS XV. LIBERTAD CONDICIONAL XVI. LIBERTAD CONDICIONAL ANTICIPADA XVII. MEDIDAS DE SEGURIDAD XVIII. DISPOSITIVOS TELEMÁTICOS XIX. PROCEDIMIENTO Y RECURSOS XX. VARIOS
Subtema
1. Criterio general sobre las competencias. 2. Competencia para aprobar la modificación o ampliación de refundiciones de condena. 3. Competencia para conocer de las propuestas de alta en redención por períodos atrasados o de quejas de los internos en demanda de redenciones ordinarias y/o extraordinarias atrasadas. 4. Competencia para conocer de las propuestas de baja en redención ordinaria atrasadas. 6. Competencia para aprobar la sanción de aislamiento en celda. 7. Libertad condicional: refundición de las causas con libertad condicional revocada y las causas sobrevenidas por hechos posteriores al inicio de aquélla. 10. Competencia y criterios sustantivos para resolver sobre la anulación o revocación del licenciamiento definitivo de una causa ya aprobado por el Juzgado o Tribunal sentenciador. 11. Competencia para conocer de las quejas de los internos relacionadas con el transporte de sus enseres u objetos personales con motivo del traslado del interno de un Centro penitenciario a otro. 12. Competencia para autorizar un tratamiento médico forzoso sobre persona privada de libertad. 13. Competencia para conocer de las quejas de los reclusos ingresados en Unidades de Custodia de Hospitales extrapenitenciarios. 14. Competencia para autorizar las salidas terapéuticas. 15. Competencia en materia de ejecución de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad. 16. Competencia en relación con la expulsión de reclusos extranjeros. 16 bis. Competencia para conocer de los recursos contra los acuerdos dictados por los centros penitenciarios. 17. Delimitación de competencias entre Juzgados de Vigilancia y Juez Central de Vigilancia. 18. Delimitación de competencias entre Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y Juzgados de Menores. 19. Delimitación de competencia entre Jueces de Vigilancia Penitenciaria y Jueces o Tribunales sentenciadores en materia de abono de prisión preventiva sufrida en otras causas. 20. Delimitación de competencias entre Jueces de Vigilancia Penitenciaria y Órganos Jurisdiccionales Instructores. 21. Delimitación de competencias entre Juzgados de Vigilancia y Juzgados de lo Contencioso-administrativo. 21 bis.Relaciones entre JVP y Juzgados de Instrucción y Violencia. 27. Concepto de organización criminal. 28. Urgente creación de los Centros de Educación Especial. 29. Creación de Unidades Psiquiátricas en los Centros Penitenciarios. 32. Aplicación del régimen general de cumplimiento. 33. Adopción en resolución autónoma o incidental. 34. Naturaleza: ejecución de penas. 35. Valoración del pronóstico de reinserción social a efectos del régimen general de cumplimiento. 36. Recursos contra las decisiones de aplicación del régimen general de cumplimiento. 37. Audiencia a las Instituciones Penitenciarias. 38. Urgencia en la clasificación de condenados a penas privativas de libertad de corta duración para evitar la pérdida del disfrute de beneficios penitenciarios. 39. Motivación de los acuerdos de clasificación en primer grado y de los adoptados en discrepancia con los Equipos Técnicos. 40. Documentación: copia de la propuesta. 41. Régimen de los clasificados en primer grado. 42. Progresión de segundo a tercer grado. 43. Regresión a segundo grado. 44. Existencia de departamentos o secciones de régimen abierto o Centros de Inserción Social en todas las provincias. 45. Notificación a Jueces y Fiscales de Vigilancia de los acuerdos de clasificación en tercer grado. 46. Seguimiento de los internos clasificados en tercer grado. 47. Aplicación del artículo 36.2 del CP a las penas individualmente consideradas. 48. Revocación de la aplicación del régimen general de cumplimiento. 49. Alzamiento del período de seguridad por el Juez de Vigilancia al tiempo que resuelve un recurso. 50. Clasificación de urgencia de internos en tercer grado a los que llega una nueva responsabilidad penada con pena superior a cinco años. 51. Período de seguridad de ancianos y enfermos incurables. 52. Vigencia temporal del período de seguridad. 53. Período de seguridad y retroactividad. 54. Interpretación del artículo 72.5 y 72.6 de la LOGP. 55. Aseguramiento del pago de la responsabilidad civil. 56. Consecuencias del incumplimiento del pago de la responsabilidad civil. 57. Valoración del comportamiento postdelictual que revele voluntad de reparar el daño causado a la víctima. 58. Inaplicación parcial por el JVP de Instrucciones. 60. Pago fraccionado de la responsabilidad civil. 60 bis. Regulación del principio de flexibilidad. 61. Convenios internacionales. 62. Intérpretes. 63. Expulsión de extranjeros. 64. Concepto de “allegado”. 65. Opciones sexuales de los internos. 66. Comunicaciones íntimas con otra persona interna. 67. Comunicaciones de convivencia con hijos menores. 68. Comunicaciones de convivencia con hijos: frecuencia. 69. Comunicaciones de convivencia y visitas íntimas: diversidad de personas. 70. Comunicación con Ministros del propio culto. 71. Acumulación de comunicaciones. 72.1. Concesión por los Establecimientos y aprobación posterior del Juez de Vigilancia 72.2. Suspensión y revocación de los permisos penitenciarios 73. Concesión por el Director en caso de urgencia. 74. Frecuencia en la concesión de permisos. 75. Concesión de permisos en régimen abierto restringido. 76. Permisos de fin de semana en tercer grado. 77. Concesión de permisos por vía de queja. 78. Permisos de salida y faltas disciplinarias. 79. Permisos de salida para internos extranjeros. 79 bis. Buscas y capturas. 80. Asistencia sanitaria a los internos por el Sistema Nacional de Salud: principio de igualdad. 81. Asistencia especializada: consultas en el interior de los Establecimientos y consultas externas. 82. Régimen de los internos hospitalizados en Establecimientos no penitenciarios. 83. Tratamiento de deshabituación: oportunidad para todos. 84. Libertad condicional para enfermos muy graves: requisitos. 86. Programas de reducción del daño: recursos para actividades complementarias. 87. Consumo de drogas por los internos: casos en los que no debe dar lugar a sanción disciplinaria o a pérdida de beneficios penitenciarios. 89. Tratamiento psiquiátrico de los internos: criterios: servicios comunitarios. 94. Ley General de Sanidad: carácter supletorio de la normativa penitenciaria. 95. Carácter general del principio celular. 96. Presencia del interno en los registros en la celda. 97. Notificación de los cacheos con desnudo integral de los internos. 97 bis. Información del interno: no tiene acceso al expediente. 98. Publicidad de las normas de régimen interior. 99. Relación de objetos prohibidos. 103. Cumplimiento de la solicitud de informes de un interno trasladado. 104. Ejecución inmediata excepcional de las sanciones disciplinarias. 105. Abono del tiempo de sanciones cumplidas indebidamente. 106.1 Las limitaciones legales no pueden pretender ser aceptadas como una sanción encubierta. 106.2. Al amparo de lo dispuesto en el art. 75.1 RP solo podrán imponerse limitaciones regimentales que no estén previstas como sanción en el art. 233 RP. 107. Imposición de sanción superior a la propuesta. 108. Nulidad de actuaciones: Comisión Disciplinaria. Recursos contra la resolución sancionadora. 109. Intervención de Letrados ante la Comisión Disciplinaria. 110. Expedientes disciplinarios: asesoramiento. 111. Principio de prevalencia del proceso penal sobre la tramitación de un recurso contra unas sanción disciplinaria. 112. Equiparación de sanciones: privación de paseos y aislamiento. 113. Aislamiento en celda superior a 14 días: competencia: V. nº 6. 114. Cumplimiento del aislamiento en celda. 115. Permiso de salida: no es necesario que todas las faltas disciplinarias estén canceladas. 115 bis. Tratamiento penitenciario: concepto. 116. Tratamiento penitenciario: potenciación de los medios y recursos destinados a estas actividades. 117. Implantación de programas reeducativos. 117 bis. Tratamiento penitenciario: presos preventivos. 124. Redención: baja: notificación al interno. 125. Libertad condicional: modalidades. 125 bis. Libertad condicional: requisitos esenciales: clasificación en tercer grado. 126. Informe pronóstico final: valoración por el Juez de Vigilancia. 127. Informe pronóstico final: impugnación. 128. Naturaleza de la exigencia de pago de la responsabilidad civil. 129. Reglas de conducta: exigencia de la responsabilidad civil. 130. Libertad condicional: peritos que emiten el informe. 131. Libertad condicional: reglas de conducta: modificación. 132. Refundición de causas con libertad condicional revocada y causas sobrevenidas. 133. Libertad condicional de ancianos y enfermos graves: V. nº 51, 84 y 125. 134. Libertad condicional de extranjeros no residentes legalmente en España. 135. Libertad condicional: revocación. 136.Concesión tras el cumplimiento de 2/3 de la condena. 137. Cómputo del beneficio. 138. Momento de considerar el beneficio. 139. Número de días propuesto y concedido por el Juez de Vigilancia. 140. Requisitos: extinción de la mitad de la condena. 141. Requisitos: “cumplimiento efectivo”. 142. Interpretación restrictiva. 143. Discrecionalidad administrativa y control judicial. 144. Peritos psiquiatras para asesorar a los Jueces de Vigilancia Penitenciaria. 145. Salidas terapéuticas: autorización: competencia. V. nº 14. 146. Interpretación del “abandono” del Establecimiento psiquiátrico. 147. Medidas de seguridad: funciones de los Jueces de Vigilancia. 148. Dispositivos telemáticos autorizados. 149. Características del procedimiento ante los Jueces de Vigilancia. 150. Necesidad de una Ley procesal de Vigilancia Penitenciaria. 151. Equipos técnicos al servicio de los Juzgados de Vigilancia. 152. Asesoramiento de Letrado. 152 bis. Abogados de oficio y turnos especializados. 153. Plazo para impugnar un acto administrativo. 154. Inadmisión a trámite de la petición o queja. Estimación de inmediato de la reclamación. 155. Recurso de apelación contra las resoluciones de los Jueces de Vigilancia. 156. Recursos de apelación: interpretación uniforme. 157. Efecto devolutivo del recurso de apelación. 158. Órgano competente para conocer del recurso de apelación. 159. Recursos de apelación. 160. Tramitación del recurso de apelación. 161. Administración penitenciaria. 162. Arresto de fin de semana. 162 bis. Organización de los JVP. 163. Informatización de los JVP. 164. Medidas de Ayuda. 165. Pena de trabajos en beneficio de la comunidad. 166. TBC 168. Refundiciones 169. Notificación de excarcelaciones a las victimas de los delitos de violencia de género