Audiencia Nacional, Sección 1ª, 03/06/2022. PERMISOS Y SALIDAS (PREVALENCIA DE FACTORES POSITIVOS PARA SU CONCESIÓN.ARREPENTIMIENTO Y PETICIÓN DE PERDÓN NO SON REQUISITOS LEGALES PARA LA OBTENCIÓN DE PERMISOS. DOS VOTOS PARTICULARES, CONCURRENTE Y DISCREPANTE )

Organo Judicial: Tribunales Audiencia Nacional
Tipo de disposicion: Auto
Numero: 345/2022
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Prevalencia de los factores positivos para su concesión
Fecha: 3 junio, 2022

Texto:

Audiencia Nacional, Sección 1ª, 03/06/2022. PERMISOS Y SALIDAS (PREVALENCIA DE FACTORES POSITIVOS PARA SU CONCESIÓN.ARREPENTIMIENTO Y PETICIÓN DE PERDÓN NO SON REQUISITOS LEGALES PARA LA OBTENCIÓN DE PERMISOS )

La Sala resuelve el recurso de apelación planteado por el interno contra decisión del JCVP que le denegaba el permiso ya que, a pesar de concurrir los requisitos de legalidad y de utilidad tratamental para su concesión, no existía un acto de arrepentimiento expreso y petición de perdón a las víctimas de ETA, por su parte. Respecto de este razonamiento, señala la Sala que este arrepentimiento y petición de perdón no son un requisito legal para la obtención de permisos y su única valoración admisible es a título indicativo (no como obligación) de una buena conducta. En este caso esa valoración positiva ha sido realizada por el CP, amén de que existe un escrito del interno en el que la Sala observa una posición firme y arrepentida frente a la violencia, a los delitos cometidos y a las víctimas. Ese elemento solo puede ser valorado como indicativo de esa evolución positiva y de resocialización.

Por otra parte, el auto rechaza también el obstáculo que dice el fiscal supone el riesgo elevado en TVR por el carácter estático de este resultado y su inaptitud a efectos valorativo de la progresión penitenciaria.

El auto cuenta con dos votos particulares de los Magistrados Francisco Javier Vieira Morante y María Fernanda García Pérez.  En el primero se discrepa con uno de las afirmaciones que expresa el auto al hilo del escrito del interno, aunque en concurrente en cuanto  a la concesión del permiso. En el segundo se discrepa de los razonamientos del auto y de la valoración que hace de la posición del interno respecto a los hechos y el daño causado, considerando que el perdón y el arrepentimiento si son un elemento a tener en cuenta y en este caso no concurrirían.

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