Organo Judicial: Audiencias Provinciales
Tipo de disposicion: Auto
Numero:
Voz: PERMISOS Y SALIDAS
Subvoz: Quebrantamiento en permiso anterior o antecedentes de quebrantamiento
Fecha: 13 marzo, 2015

Texto:

AP Madrid, Sección 5ª, 13/03/2015. PERMISOS (QUEBRANTAMIENTO DE PERMISO ANTERIOR. MALA CONDUCTA). Estima el recurso y se concede al interno ocho días de permiso (4+4). Ha cumplido más de las ¾ partes de su condena y venía disfrutando de permisos sin incidencias. En el regreso de uno de ellos, hace más de tres años, quebrantó uno estando ya cancelada la sanción. El Tribunal entiende que ya ha transcurrido tiempo suficiente para renovar la confianza en el interno, sin que sea pertinente prolongar la sanción por la vía de no concederle permisos con lo que, además, se perjudica su necesaria preparación para la vida en libertad. Por otro lado, su conducta penitenciaria ha sido algo irregular desde entonces, constando algunas sanciones sin cancelar; si bien formalmente, pues se trata de sanciones de duración corta. Se trata de faltas que ya han recibido su correspondiente sanción, sin que la denegación del permiso resulte en sí misma una respuesta indicada pues no son acreditativas per se de mala conducta y resulta más conveniente para el tratamiento penitenciario del interno reanudar el disfrute de los permisos que confiar en el efecto intimidativo del cumplimiento de la prisión sin incentivos. El interno sigue contando con apoyo externo.

Documento PDF:

Ir arriba