Organo Judicial: |
Audiencias Provinciales |
Tipo de disposición: |
Auto |
Resumen: |
AP Madrid 18/11/2003. COMUNICACIONES (VIS A VIS). Se desestima. Recurso frente a la denegación de un vis a vis íntimo como recompensa, procede su desestimación por cuanto que, según lo dispuesto en los arts. 263 y 264 del Reglamento Penitenciario, la recompensa concedida y su cuantía en su caso, se determinará por la Comisión Disciplinaria del Centro Penitenciario atendiendo a la naturaleza de los méritos contraídos y cualesquiera otras circunstancias objetivas o subjetivas que pongan de manifiesto el carácter ejemplar de la conducta del recompensado. En el presente caso no se objetiva desviación de la legislación, cuestión no desvirtuada por las alegaciones del recurrente, sin que por ello se le de un trato discriminatorio o distinto al del resto de la población reclusa. |
Número: |
2732/2003 |
Fecha: |
18-11-2003 |
Documento PDF: |
4 KB |
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